El decreto 1383/2002 desarrolla el Plan Nacional de Vehículos al final de su vida útil e incorpora al derecho español una directiva de la Unión Europea aprobada en el año 2000. Ambos documentos buscan reducir al mínimo las repercusiones sobre el medio ambiente de los vehículos al final de su vida útil para contribuir a la protección y mejora de la calidad ambiental y a la conservación energética.
Con este fin, impone unas normas muy severas en cuanto a las instalaciones que reciben y almacenan los vehículos antes de proceder a su descontaminación.
Deben contar con las siguientes zonas:
Esta normativa tan estricta ha supuesto un gran esfuerzo de adaptación para los desguaces, ya que - como señala el Plan Nacional de Vehículos al final de su vida útil - hasta no hace mucho los coches dados de baja "eran entregados en instalaciones de desguace, en su mayoría poco controladas y carentes de las oportunas autorizaciones".
El Plan apunta a la existencia de unos 3.500 desguaces, la mayoría ilegales y con escaso control ambiental. Además, prosigue, algunas de las piezas o componentes de los VFU eran reutilizadas "sin mucho control, en vehículos viejos o de segunda calidad, y el resto se vendían como chatarra, sin una previa y adecuada descontaminación
Si lo desea, puede descargar un reportaje de la revista de Tráfico sobre este asunto pinchando aquí.